Aviso: Se crea la Comisión Interdepartamental del Camino de Santiago

Se crea la Comisión Interdepartamental del Camino de Santiago

La Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas e Xustiza publica el Decreto 107/2016, de 4 de agosto, por lo que se crea la Comisión Interdepartamental del Camino de Santiago.

La Comisión Interdepartamental del Camino de Santiago es el órgano de coordinación de las actuaciones sectoriales de los distintos departamentos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el ámbito relacionado con el Camino de Santiago.

Estará adscrita a la Axencia Turismo de Galicia.

Son funciones de la Comisión Interdepartamental del Camino de Santiago:

a) Conocer las líneas de actuación de los diferentes sectores o ámbitos de la Administración autonómica que permitan avanzar en la gestión de los caminos de Santiago de forma conjunta y homogénea.

b) Coordinar, fomentar e impulsar las actuaciones de los departamentos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con repercusión sobre los caminos de Santiago, sin perjuicio del ejercicio de las competencias propias de cada departamento.

c) Informe, seguimiento y evaluación de las estrategias, planes, políticas y acciones de los departamentos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con repercusión directa e indirecta sobre los caminos de Santiago.

d) Proponer las medidas necesarias para homogeneización, desarrollo y aplicación de la normativa vigente en relación con los caminos de Santiago, así como conocer sobre las propuestas normativas que los afecten.

y) Elaborar propuestas para su elevación a las distintas administraciones públicas en relación con la situación y problemática de los caminos de Santiago.

f) Aprobar un informe anual sobre la situación de los caminos de Santiago.

g) Cualquiera otra competencia y función relacionada con su ámbito de actuación o que le sea atribuida por la normativa vigente, así como las que le encomiende el Consello da Xunta y las que le deleguen los órganos con competencia en la materia. 

 

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