Provisionalmente, mientras se establece el desarrollo reglamentario del Catálogo del Patrimonio Cultural de Galicia y las condiciones de acceso a la información contenida en él, y según lo que dispone el artículo 30 de la Ley 572016, del Patrimonio Cultural de Galicia, que indica que los bienes inmuebles que se recojan individualmente singularizados en los instrumentos de planeamento urbanístico y ordenación del territorio forman parte de dicho Catálogo del Patrimonio Cultural de Galicia, toda la información relativa a los bienes catalogados puede consultarse en los Catálogos del planeamiento vigente que es ofrecido en la página web de planeamiento de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.