Las actuaciones que se llevan a cabo sobre los bienes declarados de interés cultural y catalogados deben seguir los criterios siguientes:
- Salvaguarda de sus valores culturales y conservación, mejora y, de ser el caso, utilización adecuada y sostenible.
- Respeto por sus características esenciales y por los aspectos constructivos, formales, volumétricos, espaciales y funcionales que los definen. Se procurará siempre la aplicación del criterio de mínima intervención en los bienes artísticos.
- Conservación de las contribuciones de todas las épocas existentes en el bien. Excepcionalmente podrá ser autorizada la eliminación de alguna contribución de épocas pasadas en caso de que suponga una degradación comprobada del bien y de que sea necesaria para permitir su adecuada conservación y su mejor interpretación histórica y cultural. Las partes eliminadas quedarán debidamente documentadas.
- Preferencia por la utilización de técnicas y materiales tradicionales.
- Compatibilidad de los materiales, productos y técnicas empleados en la intervención con los propios del bien y sus valores culturales y pátinas históricas.
- Discernimento de la adición de materiales y técnicas empleados, evitando las adiciones miméticas que falseen su autenticidad histórica.
- Reversibilidad de las acciones de forma que pueda recuperarse el estado previo a la intervención. Este criterio será prioritario al diseñar actuaciones de conservación y restauración.
- Compatibilidad de su uso con la conservación de los valores que motivaron su protección.
- No se utilizarán o aplicarán técnicas y materiales agresivos con las pátinas de valor cultural y con los materiales originales o incompatibles con la debida conservación de los bienes.
La Dirección General del Patrimonio Cultural tiene encomendada la tarea de establecer medidas varias en relación con las intervenciones en el patrimonio cultural y en especial para definir y difundir los criterios que se seguirán en el diseño y la prescripción de las técnicas y procedimientos de conservación que se aplicarán sobre el patrimonio arquitectónico, el planeamento urbanístico, los Caminos de Santiago y el patrimonio cultural en general en todas sus manifestaciones y bienes.