Ayudas, subvenciones y becas: Ayudas en materia de archivos 2022
Ayudas en materia de archivos 2022
Orden de 2 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas destinadas a la colaboración en la financiación de actuaciones en materia de archivos
El 20 de diciembre de 2021 sale publicada en el DOG la convocatoria de ayudas en materia de archivos para el año 2022.
La finalidad de la ayuda es la realización de actividades que tengan por objeto la descripción de fondos documentales de los archivos gallegos según la metodología archivística.
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
Se entenderá cómo último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Podrán optar a estas ayudas los entes locales y las entidades privadas sin fin de lucro gallegas que cuenten con un local estable destinado a archivo y custodien fondos documentales constitutivos del patrimonio documental de Galicia, entendido como tal lo establecido en el artículo 109 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia.
Requisitos para participar:
1. Los proyectos presentados deberán seguir las recomendaciones y normas técnicas de archivos disponibles en el Portal de Archivos de Galicia.
2. Los solicitantes deberán disponer de una aplicación informática de gestión documental que siga las normas técnicas de archivos para la ejecución del proyecto.
3. El responsable técnico del proyecto será licenciado universitario o equivalente, según el Espacio Europeo de Educación Superior y deberá acreditar formación y experiencia profesional en materia de archivos y patrimonio documental.
4. En el caso de los entes locales, según el artículo 4 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por lo que se regulan especialidades en las subvenciones a las entidades locales gallegas, será requisito para la concesión de subvenciones que cumplieran con el deber de remisión al Consello de Contas de las cuentas generales de cada ejercicio.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.junta.gal. (Anexo I)
Estado de tramite: En trámite