Nova: La Xunta presenta un recurso de casación a la sentencia de Meirás al considerar acreditado que la posesión por la familia franco fue de mala fe

14/03/2021
La Xunta presenta un recurso de casación a la sentencia de Meirás al considerar acreditado que la posesión por la familia franco fue de mala fe
Los letrados de la Administración autonómica señalan que la resolución judicial es contradictoria al calificar de buena fe la posesión y, al mismo tiempo, considerar probado que la familia Franco era conocedora de la situación en la que se adquirió el bien
Santiago de Compostela, 14 de marzo de 2020.- La Xunta de Galicia acaba de presentar en la Audiencia Provincial de A Coruña, para su elevación ante la Sala Primera del Tribunal Supremo, un recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación a la sentencia dictada el pasado mes de febrero y que obliga a indemnizar a la familia Franco por el Pazo de Meirás. En el escrito se concluye que, a la vista de los hechos probados en el propio fallo, es contradictorio aplicar la calificación de buena fe en la posesión del inmueble por parte del dictador y su familia.
El recurso subraya la incoherencia que supone que la resolución judicial califique, por una parte, la posesión de la familia Franco sobre las torres de Meirás de buena fe y, por otra, considere probado que habían sido conocedores de la situación en la que se adquirió el inmueble. En este sentido, entiende que quedan infringidas las normas procesales al concurrir en una contradicción entre los elementos probados en la sentencia y la propia conclusión.
“A la vista de los hechos probados declarados en la sentencia, no puede deducirse, sin atentar contra las reglas más elementales de la lógica y de la razón, que estamos ante una posesión de buena fe, pues es obvio que Francisco Franco no solo era conocedor del vicio de su título, sino que además hizo intentos forzados para ocultarlo”, detalla el escrito. Igualmente, señala que “hubo una transmisión de la mala fe a su hija, puesto que existen hechos declarados en la sentencia que necesariamente conducen a pensar que la misma era consciente del vicio de la posesión” por parte de su progenitor.
La Asesoría Jurídica de la Xunta concluye que los propios pronunciamentos de la sentencia son los que permiten sustentar que la posesión de Francisco Franco era de mala fe. También incide en que su mujer y su hija eran conocedoras de esta situación y que, por lo tanto, debe revocarse la decisión judicial que reconoce que los demandados tienen derecho a recibir una liquidación posesoria en condición de buena fe.
La decisión de recurrir la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña se enmarca en la postura mantenida por la Xunta desde el inicio del proceso judicial de Meirás, en el que actúa como parte coadyuvante del demandante principal, la Administración General del Estado.