Aviso: Resolución de 28 de septiembre de 2020 por la que se conceden las subvenciones a entidades locales de Galicia para la equipación y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales en el año 2020

Resolución de 28 de septiembre de 2020 por la que se conceden las subvenciones a entidades locales de Galicia para la equipación y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales en el año 2020

La documentación justificativa debe presentarse antes del 30 de noviembre de este año

El artículo 16.2 de la orden de convocatoria de las subvenciones establece que la resolución y concesión se notificará a los interesados conforme el artículo 17 de la orden y se publicará en el Diario Oficial de Galicia. Asimismo, se le dará publicidad en la página web de la Consellería de Cultura y Turismo, https://www.cultura.gal.

 

RESOLUCIÓN:

Conceder las ayudas señaladas en el anexo a las entidades locales de Galicia para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, por importe de 481.265,22 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 11.20.432B.760.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020.

Las entidades subvencionadas a las que hace referencia esta resolución deberán acreditar la documentación justificativa de los proyectos subvencionados antes del 30 de noviembre del año 2020, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 de la orden de convocatoria.

Es preciso notificarles a las personas interesadas esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un (1) mes desde su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos (2) meses contado desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. En caso de optar por el recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto el recurso de reposición.

 

 

 

Consulta aquí la lista de entidades beneficiarias.

 

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