Aviso: Propuesta de incoación del procedimiento de inclusión en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia del conjunto de los astilleros de Casqueiro-Calragho (Moaña)
Propuesta de incoación del procedimiento de inclusión en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia del conjunto de los astilleros de Casqueiro-Calragho (Moaña)
La construcción de embarcaciones de madera o la carpintería de ribera es una actividad tradicional de un indudable interés cultural antropológico y etnológico.
La actividad tradicional surge en la orilla del mar o de algun río, donde se trazan, cortan y labran las diferentes piezas que conforman la estructura de los barcos de madera. Hasta épocas recientes el astillero era un lugar situado en una playa, exento de edificaciones, excepto un pequeño galpón donde se almacenaban las herramientas y que, posteriormente, en su proceso evolutivo se transformaron en inmuebles más sólidos que albergan todo el proceso constructivo de las diferentes embarcaciones.
Se trata de una actividad cultural dotada de múltiples valores derivados de las distintas tareas, oficios y modos de vida que la integran y que, por lo tanto, constituyen una buena muestra de la identidad cultural de los pueblos marineros, con gran riesgo de desaparición y pérdida completa del conocimiento tanto por los cambios producidos en los tipos y tecnologías de construcción como por las modificaciones sobre los ámbitos en los que se localizan, especialmente los costeros. Su presencia se extendió a toda Galicia, si bien hubo zonas donde la construcción de embarcaciones tradicionales tuvo y tiene una enorme importancia tanto por el número de astilleros como por las embarcaciones construidas.
A la vista del valor etnolóxico y histórico del conjunto de los astilleros de Casqueiro y Calragho sitos en la parroquia de San Martiño de Moaña en el término municipal de Moaña (Pontevedra), es necesario incoar el procedimiento para incluir en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia como bien inmueble con la categoría de lugar de valor etnológico.
Se abre un período de información pública por un plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación para que cualquier persona física o jurídica pueda presentar alegaciones e informaciones que considere oportunas