Ayudas, subvenciones y becas: Subvenciones a entidades locales de galicia, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales
Subvenciones a entidades locales de galicia, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales
Subvenciones a entidades locales de galicia, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales
Plazo: 04/02/2023 - 03/03/2023
Tiene como objeto el establecimiento de las bases reguladoras y la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas a la mejora y al equipamiento de las instalaciones y locales culturales de entidades locales de Galicia destinados a actividades de carácter cultural, conforme al procedimiento que a continuación se establece en la presente orden.
La Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, a través de la convocatoria de esta línea de ayudas, pretende continuar con la labor de mejorar la infraestructura de los equipamientos culturales a fin de dotar de los medios necesarios para que las entidades locales comprometidas con la acción cultural puedan ejecutar sus programas culturales, así como contar con las oportunas infraestructuras que les permitan la adecuada realización de las actividades culturales que promuevan, garantizando así el servicio público que prestan a la ciudadanía.
Serán subvencionables los proyectos constituidos por las actuaciones señaladas en el artículo 3, que se desarrollen en el período que comprende desde el 1 de enero de 2023 hasta la fecha de fin de justificación establecida en el artículo 22 de esta orden.
Estas ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración de la Xunta de Galicia y eficiencia en la asignación y en la utilización de los recursos públicos.
Los proyectos podrán realizarse mediante gestión individual o compartida según lo previsto en el artículo 3 de la orden, directa o indirectamente mediante la concertación con terceros de la ejecución total o parcial del proyecto subvencionado, conforme a lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
El procedimiento de concesión de subvenciones regulado en la presente orden tiene el código CT211B a efectos de identificación en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) y el acceso a los formularios específicos, de uso obligatorio para los interesados.
Estado de tramite: En trámite
Enlaces
Documentos relacionados
- anunciog0655-130123-0004_es.pdf923.77 KB